Código Deontológico: Pericia Caligráfica, Grafología y Documentoscopia

Asociación Europea de Expertos en Documentoscopia y estudios Grafísticos

Código Deontológico de Grafología y Pericia Caligráfica de la Asociación Europea Expertos en Documentoscopia y Estudios Grafísticos.

El objeto de este Código Deontológico es definir los derechos y obligaciones de los Peritos Calígrafos y Grafólogos preocupados por ejercer su profesión de acuerdo con una ética profesional común.

  1. La Grafología, como ciencia humana y técnica de observación en interpretación, permite el estudio de la personalidad mediante el examen de la escritura
  2. La Pericia Caligráfica como técnica enfocada al análisis y estudio de la escritura y firma, que nos permite determinar la autenticidad o falsedad, así como la autoría de un escrito o de una firma, debe ser aplicada de forma justa, objetiva y con fundamento ético, evitando interpretaciones subjetivas y conclusiones interesadas.
  3. El Perito Calígrafo y grafólogo tiene el deber de mantener y acrecentar sus capacidades.
  4. El grafólogo se compromete a emplear únicamente los métodos inherentes a su especialidad y a trabajar dentro de los límites de sus conocimientos y de la propia experiencia.
  5. El grafólogo debe abstenerse de emitir diagnósticos en sectores exclusivos del campo de la medicina.
  6. Se evitará mezclar el nombre de la grafología con las «ciencias ocultas».
  7. La actividad desarrollada por el Perito Caligráfico y Grafólogo le obliga a guardar fielmente el secreto profesional.
  8. El Perito Caligráfico y Grafólogo debe salvaguardar en todo momento su independencia, honradez y sentido de lo humano. No debe nunca ser influido por prejuicio alguno relacionado con el sexo, la raza, la política, la clase social o la religión.
  9. En sus informes, el Perito Calígrafo y Grafólogo hará uso de tacto y discreción.
  10. El grafólogo, en las tareas de selección de personal, evitará mencionar aspectos de la personalidad del que escribe que no tenga relación con el perfil del puesto a cubrir. Su lenguaje será claro, prudente e inequívoco. Debe, además, ser completamente imparcial, rechazando efectuar análisis complacientes.
  11. El legítimo poseedor de un documento será el único responsable del uso que se haga del resultado del análisis; los resultados deben hacerse llegar directamente al solicitante del informe.
  12. El Perito Calígrafo y Grafólogo no podrá mencionar el nombre de sus clientes a menos que posea su consentimiento para ello. Tampoco podrá comunicar o publicar textos o informes sin la conformidad del interesado o poseedor del documento.
  13. El Perito Calígrafo y Grafólogo deberá rechazar trabajos que no vean claros desde el punto de vista ético.
  14. El Perito Caligráfico y Grafólogo deberán ser justos en honorarios, no abusando de la necesidad del otro.

 

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